PREGUNTAS FRECUENTES

Despido, Renuncia y suspensión.

Indeminzación por despido

En el caso que el empleado cuenta con aportes legales declarados, es decir, si esta debidamente registrado ante las autoridades como un trabajador, el empleador debe abonarle la indemnización que corresponde en función de la antigüedad. El procedimiento de despido es mediante un telegrama, por parte del empleador, comunicando el despido a partir de una fecha determinada. En este caso la indeminzación por despido esta compuesta de un mes de sueldo por cada año de antigüedad, proporcional de aguinaldo, el salario del mes en curso, Preaviso, vacaciones no gozadas. En caso de trabajo en negro o condiciones indebidas, la indemización por despido se puede incrementar bastante.

Me despidieron verbalmente. Me dijeron: "no vengas más a trabajar". ¿Qué hago?

Suele suceder la siguiente situación: El patrón le dice al trabajador "mañana no vengas a trabajar”.- Ante esto, es recomendable que el trabajador continúe asistiendo a su puesto de trabajo normalmente para no incurrir en "abandono de tareas”. También es probable que el patrón prohíba el ingreso del trabajador al establecimiento (fábrica, comercio, etc.).- En este caso, el trabajador deberá acudir inmediatamente al abogado para que le redacte un telegrama que será enviado al empleador a los fines de dejar debida constancia de dicha situación.- La demora por parte del trabajador en el envío del telegrama podría hacer peligrar el cobro de las indemnizaciones.

¿Y si se corren rumores de que me están por echar o sé que me van a echar por alguna razón?

En los ambientes de trabajo los rumores de despido suelen correr a la velocidad de la luz. Muchas veces estos rumores son falsos, otras veces tienen mayor sustento en la realidad. Tenés que ser precavido. Si estás en duda o crees que vas a ser despedido, es muy importante que te comuniques con un abogado laboralista. De esa manera podrás "abrir el paraguas" y llegado el caso, vos mismo adelantarte a ésta situación. Las ventajas son mayores si uno inicia el reclamo antes de recibir la notificación de despido. Consultá ésta posibilidad con el Abogado laboralista.

¿Qué pasa si me suspenden? ¿Qué debo hacer?

Para que la suspensión impuesta al trabajador sea válida deberá contar de: fundamentación en justa causa, tiempo determinado y notificación por escrito al trabajador. Ante la notificación de una suspensión por cualquier medio por parte del empleador, comunicate urgentemente con un abogado laboralista ya que en estos casos se la debe impugnar mediante el envío de un telegrama. Si no impugnás la sanción, transcurrido cierto tiempo, podrían despedirte sin abonarte las indemnizaciones de ley.

Iniciá tu reclamo sin gastos

El estudio no cobra por las consultas realizadas por el trabajador. Cualquier duda que tenga comuníquese Sin Costo de consulta a través de nuestro formulario, por WhatsApp al 11 2745-6832 o llamándonos al Tel. 0810-345-5575.

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